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STPS Actualiza disposiciones para el REPSE

La STPS realizó modificaciones al acuerdo que dicta las reglas de operación del padrón de subcontratistas especializadas.



La STPS publicó en el DOF del 3 de febrero de 2023, el Acuerdo por el cual modifica el diverso por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la LFT, el cual entra en vigor el mismo 4 de febrero de 2023.


De los cambios que destacan, se encuentra la posibilidad de que las personas registradas en la plataforma del Registro de prestadoras de servicios u obras especializadas (Repse) puedan cancelar su inscripción, por así convenir a sus intereses.


Se reguló el procedimiento a seguir para modificar, agregar o quitar actividades vinculadas al registro del contratista a solicitud de esta.


Asimismo, se adicionó el capítulo III Bis, “De la vigilancia del registro”, a fin de que se ejecuten revisiones a los contratistas y a sus beneficiarios de los servicios que prestan.


De ahí que los inspectores del trabajo deben verificar que:

  • la información proporcionada coincida con las condiciones reales del centro de trabajo

  • las actividades que se prestan como servicios especializados o de ejecución de obras especializadas no formen parte del objeto social o de la actividad económica preponderante de la beneficiaria

  • los contratos para la prestación de servicios u obras especializadas sean conformes con lo dispuesto en el numeral 14 de la LFT y el décimo octavo de las Disposiciones

  • se dé cumplimiento a las condiciones de trabajo relacionadas con las altas de los trabajadores ante el IMSS y que el salario sea pagado conforme a lo determinado en la LFT y demás disposiciones normativas aplicables, y

  • los empleados estén debidamente identificados conforme al numeral décimo séptimo de las Disposiciones (imagen, gafete o código)

Descarga aquí el documento publicado en el Diario Oficial de la Federaciòn:


DOF 03 02 02023 REPSE
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