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PROPONEN DIPUTADOS AMPLIAR TABLA CON LA LISTA DE ENFERMEDADES PARA INCAPACIDAD LABORAL.



En una jornada histórica, la lista de enfermedades de trabajo para incapacidad laboral fue actualizada y ampliada, así como la valuación de incapacidades y ahora, la nueva tabla considerará más padecimientos a favor de los trabajadores luego de una propuesta de reforma de la Cámara de Diputados que adiciona diversas disposiciones de la LFT.


La nueva tabla de enfermedades laborales, que fue aprobada por consenso de 427 votos a favor en Sesión Ordinaria del miércoles 12 de abril de 2023, añadió 33 padecimientos, lo que logró ampliar la lista de enfermedades de trabajo de 161 a 194, mientras que la tabla de lesiones por riesgos laborales para valuación de incapacidades permanentes aumentó de 409 a 524, un cambio que no se hacía desde 1970; claro, hay que recalcar que aún falta su aval en la Cámara de Senadores.


Lista de enfermedades laborales para incapacidad

Hasta 2026, la Tabla de Enfermedades de Trabajo de la STPS estaba configurada de la siguiente forma:

  1. Enfermedades infecciosas y parasitarias

  2. Cánceres de origen laboral

  3. Enfermedades del sistema circulatorio, de la sangre y órganos hematopoyéticos

  4. Trastornos mentales

  5. Enfermedades del sistema respiratorio

  6. Enfermedades del sistema digestivo

  7. Enfermedades de la piel y tejidos subcutáneos

  8. Enfermedades del sistema osteomuscular y del tejido conjuntivo

  9. Intoxicaciones

  10. Enfermedades del ojo y del oído

  11. Enfermedades de endocrinología y genito-urinarias

De forma detallada, la lista del grupo de patologías infecciosas y parasitarias aumentó de 21 a 41 enfermedades, las derivadas por intoxicaciones pasaron de 36 a 46; el cáncer de origen laboral pasó de cuatro a 30 padecimientos diferentes y aquellas provocadas por factores mecánicos y variaciones de los elementos naturales del medio de trabajo de 10 a 14.

Es así que la reforma a la LFT considerará los efectos a la salud de los trabajadores por factores de riesgos físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales en el trabajo, esto a través de evidencia científica.


Patologías que se añaden en la nueva tabla de enfermedades 2023:

  1. Covid-19, que estará dentro del grupo de patologías infecciosas y parasitarias

  2. trastorno de ansiedad

  3. trastorno asociado con el estrés

  4. trastorno no orgánico del ciclo sueño-vigilia

  5. trastorno depresivo

  6. endometriosis

  7. insuficiencia venosa periférica crónica

  8. dermatitis alérgicas

  9. tendinitis del hombro

  10. neumoconiosis

  11. enfermedades broncopulmonares producidas por aspiración de polvos y humos de origen animal, vegetal o mineral

  12. afecciones en vías respiratorias producidas por inhalación de gases o vapores y del sistema respiratorio

  13. síndrome del túnel carpiano

  14. anemia aplásica

  15. cataratas

  16. conjuntivitis

  17. deteriore de la visión

  18. glaucoma

  19. gripe aviar

  20. influenza AH5N1

  21. cardiopatía isquémica

  22. hipertensión

Sobre las incapacidades laborales

La modificación al artículo 514 de la LFT prevé que las tablas de enfermedades de trabajo, así como el catálogo de cédulas para la valuación de enfermedades laborales, el cual contiene información sobre el aspecto afectado del trabajador, las secuelas y el porcentaje de incapacidad aplicable para cada padecimiento, serán revisadas al menos cada 5 años a partir de su publicación o cuando existan estudios que lo justifiquen.


Bajo ese entendido, la STPS se encargará de actualizar dicha información y de poner a disposición del Ejecutivo Federal la tabla de enfermedades de trabajo y la tabla para la valuación de incapacidades permanentes para su consideración e inicio del proceso legislativo.


¿Cuándo entrará en vigor la actualización de la tabla de enfermedades laborales 2023? Hay que recordar que se trata de una propuesta de la Cámara de Diputados, es por ello que una vez aprobada en consenso, la iniciativa plasmada en un documento fue remitida al Senado de la República para sus efectos constitucionales, eso quieres decir que habrá que esperar la decisión de la Cámara alta para ver si la reforma pasa y se publica en el DOF o es reajustada.

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