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Este cambio fiscal pretende sancionar con prisión a contadores

En el peor de los casos, el contador público podría ser acusado como cómplice del contribuyente que cometa delitos fiscales.



El 8 de septiembre, la Secretaría de Hacienda entregó al Congreso de la Unión la propuesta de Paquete Económico 2022, que se integra por los documentos con las proyecciones macroeconómicas, las propuestas de ingresos y de egresos, y diversas reformas y adecuaciones fiscales.


Uno de los cambios propuestos para este año es el regreso del dictamen fiscal obligatorio. La modificación propone que el dictamen sea obligatorio para las personas morales que tributen en título II de la LISR, y que sus ingresos acumulables en el ejercicio anterior superen los 876 millones 171 mil 996.50 pesos.

Podría significar cárcel para contadores

Esta figura implica que las empresas deberán contratar a un auditor, quien será responsable de entregar sus resultados al SAT.


Sin embargo, la medida también contiene infracciones para el auditor si no reporta la omisión de contribuciones recaudadas, retenidas, trasladadas o propias del contribuyente.


Esta medida es considerada excesiva, ya que en ese tipo de auditorías sería imposible para los contadores revisar el origen de cada factura. En este sentido, las auditorías se revisan algunas facturas determinadas, no todas las de la empresa.


Por último, en los casos más graves el fisco podría determinar que el contador es cómplice; esto podría llevar penas de tres meses hasta nueve años de prisión.

Contadores reprueban la idea

El gremio en general no aprueba esta propuesta. Por ejemplo, David Nieto Martínez, presidente de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT, dijo que los contadores públicos no son peritos en el código aduanero, por lo que las obligaciones aduaneras en la auditoría no deberían ser revisadas por ellos.


También señaló que los contadores no deberían ser considerados como cómplices en caso de que se cometa algún delito fiscal. De acuerdo con el especialista, el auditor trabaja de manera independiente y acorde con la normatividad; por esta razón no se puede considerar como un cómplice.

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