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Correo electrónico, indispensable en el juicio en línea ante el TFJA



Por las cuestiones sanitarias que enfrenta nuestro país a raíz del COVID-19, muchos de los contribuyentes desearán iniciar el procedimiento contencioso a través del juicio en línea ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA); por ende, es importante que conozcan ciertos aspectos esenciales para su desahogo.


El juicio contencioso administrativo en línea está regulado en el Capítulo X, del artículo 58-A al 58-S de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA). La idea de su creación es que sea promovido, substanciado y resuelto, a través del sistema de Justicia en Línea implementado por dicho tribunal.


Para tal efecto, es esencial que el promovente (actor) dentro de su escrito de inicial de demanda señale su dirección de correo electrónico, ya que omitirlo, el juicio se tramitará, por la vía tradicional; en consecuencia, el acuerdo correspondiente se notificará por lista y en el boletín del TFJA, tal y como lo señala el precepto 58-B de la LFPCA.


De ahí la relevancia de que el contribuyente plasme su dirección de correo electrónico para que su juicio se desarrolle en línea y no deba apersonarse en el Tribunal, ya que dicho error no podrá ser enmendado.


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