Reglamento Interior de trabajo ¿que debe contener?
El reglamento interior de trabajo es el documento que le da efectividad al contrato laboral, porque mientras en este último se establecen los derechos y las obligaciones de las partes en la prestación del servicio subordinado; en el reglamento se define cómo deben cumplirse cada uno de esos prerrogativas y deberes.
Así las cosas, quedan excluidas de todo reglamento las normas de orden técnico y administrativo que elaboren las compañías para la ejecución de los trabajos, tales como manuales de operación de herramientas; lineamientos de procedimientos operativos de producción; estrategias de mercado, entre otros aspectos de naturaleza similar.
Por lo señalado y de acuerdo con el numeral 423 de la LFT, los aspectos a incluirse en el reglamento interior de trabajo son:
horas de entrada y salida de los trabajadores
tiempo destinado para las comidas y periodos de reposo durante la jornada
lugar y momento en que deben comenzar y terminar las jornadas de trabajo
días y horas fijados para hacer la limpieza de los establecimientos, la maquinaria, los aparatos y los útiles de trabajo
días y lugares de pago
normas para prevenir riesgos de trabajo
instrucciones para prestar primeros auxilios
labores insalubres y peligrosas que no deben desempeñar los trabajadores menores de edad
protección que deben tener las madres trabajadoras durante el lapso de gestación
tiempo y forma en que los trabajadores deben someterse a los exámenes médicos, previos o periódicos, y a las medidas profilácticas que dicten las autoridades
permisos o licencias
disposiciones disciplinarias y procedimientos para su aplicación, y
las demás normas que se estimen convenientes, de acuerdo con la naturaleza de cada empresa o establecimiento, para conseguir la mayor seguridad y regularidad en el desarrollo del trabajo
Esta herramienta sin lugar a dudas es un eficaz auxiliar de las empresas, pues les permite establecer la forma en que deben cumplirse las condiciones laborales que rigen los vínculos laborales.
Cabe señalar que es trascendental que el reglamento se encuentre debidamente depositado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje respectiva para que sus disposiciones sean aplicables y obligatorias (art. 424, fracc. II, LFT).