El contratante de servicios de outsourcing tendría que retener y enterar el IVA, propone Hacienda
La retención de IVA en outsourcing es una obligación propuesta en el Paquete Económico 2020 para quienes contraten servicios de sub contratación laboral.
La Secretaría de Hacienda entregó el domingo el Paquete Económico para el Ejercicio Fiscal 2020 a la Cámara de Diputados.
Los documentos que integran el Paquete Económico 2020 son los Criterios Generales de Política Económica (CGPE), la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (ILIF), el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PPEF) y la Iniciativa que reforma diversas disposiciones fiscales.
Para combatir la evasión fiscal relacionada con la subcontratación laboral y fortalecer la recaudación, la Secretaría de Hacienda propuso modificaciones a las Leyes del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) y del Impuesto Sobre la Renta (LISR).
¿Qué es la subcontratación laboral, outsourcing o tercerización?
La subcontratación laboral, outsourcing o tercerización, es un esquema que permite subcontratar los servicios de una compañía que provee mano de obra. Esto permite a las empresas incrementar su productividad y reducir su carga administrativa.
La dependencia indicó en los CGPE que la actividad de las empresas que se dedican al outsourcing está regulada en el país. Pero señaló que el esquema de subcontratación ha generado espacios para la evasión.
“Se ha observado que las empresas prestadoras de esos servicios en algunos casos no cumplen con el entero del IVA. Sin embargo, la empresa contratante sí acredita el impuesto”, indica el documento.
Retención del IVA en outsourcing
Por eso, en materia de IVA, la Secretaría de Hacienda propone una nueva obligación para las empresas que adquieren de otra el servicio de outsourcing. La medida propuesta consiste en que en lugar de que la empresa que ofrece el servicio de subcontratación transfiera y entere el IVA a la autoridad, quien tendría que hacerlo es la empresa que adquiere el servicio. Con esto se asegurará el pago del IVA. En consecuencia, será procedente el acreditamiento del impuesto que le fue trasladado al contratante.
Para que se pueda aplicar la retención de IVA en outsourcing se propone adicionar una fracción IV al artículo 1-A de la Ley del IVA. Así lo indica el documento de la Iniciativa que reforma diversas disposiciones fiscales, del Paquete Económico 2020.
Eliminan la obligación en operaciones de outsourcing
Como consecuencia de lo anterior, se propone reformar los artículos 5, fracción II, y 32, fracción VIII, de la Ley del IVA. Esto para eliminar obligaciones que dichos artículos establecen para los contratantes y contratistas.
Los artículos mencionados establecen la obligación de proporcionar documentación e información sobre las operaciones de subcontratación laboral. Sin embargo, dichas obligaciones se originaron para asegurar el adecuado pago del impuesto, pero eso se lograría con la retención de IVA en outsourcing antes mencionada.
Golpe maestro a la evasión en outsourcing
Alejandro Santos Martínez, fiscalista independiente, expositor y diseñador de calculadoras fiscales, dijo que el Gobierno de México busca dar un golpe maestro a las empresas que utilizan la subcontratación para evadir impuestos. Porque por primera vez, las personas físicas y morales deberán retener el IVA que les trasladen las empresas de outsourcing que contraten.
“Es un golpe maestro del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y vaya que dolerá a los fiscalistas y empresas que vendían este servicio viciado, fraudulento y que los ha hecho ricos”, opinó el especialista.
ISR en materia de outsourcing
El gasto hecho por la empresa contratante de servicios de outsourcing puede ser catalogado como un gasto indispensable, por lo que sí es deducible. Sin embargo, se propone que para poder realizar la deducción sea necesario que la empresa que adquirió el servicio de subcontratación haya cumplido con la obligación de entero de IVA mencionada arriba.
También procede la deducción si la empresa contratante recaba, de la empresa que otorgó el servicio de outsourcing, una copia de los documentos en que conste que se hizo el pago de impuestos. Esto de conformidad con la Ley del ISR y otras disposiciones fiscales como es el caso de la Ley del IVA.
Hacienda precisó que, además de trasladar el IVA expresamente y por separado en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) correspondiente como requisito para poder deducir, tendrán que cumplir con la obligación de retención y entero de IVA que se establezca en la ley.
El outsourcing se tendrá que reportar si disminuye el ISR
Además, como parte de los cambios fiscales propuestos en el Paquete Económico 2020, se pretende implementar el “Título Sexto. De la Revelación de Esquemas Reportables”, en el Código Fiscal de la Federación (CFF). El Título Sexto pretende obligar a los asesores fiscales a reportar al SAT, el trabajo que genere beneficios fiscales a los contribuyentes y tenga alguna de las características identificadas como áreas de riesgo. Esto significa que tendrán que informar a la autoridad fiscal en qué consisten las estrategias y asesorías que disminuyen utilidades y generan un beneficio fiscal a sus clientes.
Los asesores fiscales obligados a la revelación de esquemas reportables, serán aquéllos que se consideren residentes en México o residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en territorio nacional.
El artículo 199, contenido en el Título Sexto, expone los esquemas que se consideran reportables. Un dato interesante es que en la fracción XV, del artículo, establece como esquema reportable el que evite o disminuya el pago del ISR o aportaciones de seguridad social, incluyendo cuando se utilice una subcontratación laboral o figuras similares con independencia del nombre o clasificación que le den otras leyes.